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La Iglesia ha escriturado en los últimos 10 años cinco templos históricos de Pamplona
la catedral de Santa maría se inmatriculó en enero de 2007
La modificación en 1998 de la Ley Hipotecaria permite a la Iglesia inscribir también los lugares de culto
marivi salvo
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pamplona. El Arzobispado de Navarra ha escriturado en los últimos años cinco de los templos más antiguos de la capital, la Catedral de Santa María, y las iglesias de San Saturnino, San Nicolás, San Lorenzo y San Agustín, cinco inmuebles de gran valor histórico y artístico, que a pesar de ser de titularidad pública, figuran ahora a nombre de la Diócesis de Pamplona. En concreto, según las actas de registro, a las que ha tenido acceso este periódico, las inscripciones se han realizado entre los años 2003 (los templos de San Nicolás, San Saturnino, San Lorenzo y San Agustín), y 2007, en el caso de la Catedral de Santa María. Las inscripciones revelan que los templos antes mencionados dan a la Diócesis de Pamplona, como titular, el 100% de pleno dominio, bajo el epígrafe adquirida por inmatriculación 206 .

¿Qué significa este concepto? La Ley Hipotecaria de 1946 permitía a la Iglesia inmatricular lugares y bienes, siempre que no fueran de culto. Desde 1998, en que fue modificado el artículo 5, la Ley Hipotecaria facilita también a las instituciones públicas y a la Iglesia escriturar o inmatricular a su nombre también los lugares de culto que carezcan de título escrito de propiedad y dominio (artículo 206). Para ello, basta un certificado del responsable de la institución que realice la escritura, documento que en el caso de la Iglesia suele redactarse en nombre del arzobispo. De esta forma, y según viene denunciando la Plataforma en Defensa del Patrimonio, la Iglesia está escriturando a su nombre numerosas iglesias e incluso cementerios de localidades de toda Navarra, "sin informar a la ciudadanía de ello". En la práctica, en los últimos años, casi todas las iglesias y ermitas de Navarra, en torno a un millar, según cifra la plataforma, han sido inscritas en el registro, con la coletilla "a nombre del Arzobispado de Pamplona para la parroquia de…". Según señala José María Esparza, de la Plataforma en Defensa del Patrimonio, el trámite le cuesta al Arzobispado entre 20 y 30 euros, mientras que, sin embargo, después la recuperación por parte de los Ayuntamientos, "es más costoso, porque va en función del valor que se les concede".

En los registros de la propiedad de Pamplona figuran todos los bienes inmueble que la Iglesia tiene a su nombre. Además de las inmatriculaciones merced al artículo 206, figuran decenas de propiedades obtenidas por cesiones, legados, compraventa, o extinciones de condominio, entre ellas viviendas, terrenos, plazas de garaje, trasteros, etc.

El Parlamento de Navarra ha recibido ya, una a una, las inscripciones realizadas por la Iglesia en todos los registros de Navarra a partir de la modificación de la ley, y se cuentan por centenares. Como se sabe, grupos parlamentarios como Izquierda Unida han venido cuestionando la legalidad de estas escrituraciones, y el propio Parlamento aprobó el pasado mes de marzo una moción para instar al Gobierno de Navarra a que "medie" para que los responsables municipales "conozcan de primera mano" las razones por las cuales la Iglesia ha adoptado la decisión de registrar los edificios religiosos , y recordaba "el malestar generado en numerosos ayuntamientos y ciudadanos", muchos de los cuales se han adherido ya a la plataforma para reivindicar la titularidad pública de estos bienes.

Por su parte, el Arzobispado viene defendiéndose de estas críticas, y argumenta que la Iglesia "tiene la propiedad de sus templos de forma pacífica desde la construcción de los mismos. En muchos casos, los templos parroquiales son propiedad de la Iglesia mucho antes de que existiesen los propios ayuntamientos. Pretender ahora que la propiedad es municipal no tiene ningún fundamento histórico ni legal", manifestó recientemente.

2. IGLESIA DE SAN LORENZO. Situado en la calle Mayor s/n de Pamplona. Es del siglo XIII.

l Superficie terreno. 1.611 metros cuadrados.

l Titular. Según el registro nº 2, la Diócesis de Pamplona tiene el 100% de pleno dominio, "adquirida por Inmatriculación 206", de la finca nº 32467.

l Cédula parcelaria. Es la parcela 858 del polígono 1 del catastro.

l Inscripción. Figura con fecha 5 de diciembre de 2003.

l Valoración. En el registro de riqueza territorial del catastro de Navarra no se especifica la valoración de las unidades urbanas 1, 2, 3 (bajos), 4, 5, 6 (primeros pisos) y 7 (segundo piso) de la iglesia de San Lorenzo.

3. IGLESIA DE SAN CERNIN-SAN SATURNINO. C/San Saturnino s/n de Pamplona. Es del siglo XIII.

l Superficie del terreno. 1.909,65 metros cuadrados.

l Titular. Según el registro nº 2, la finca 32465 es 100% del pleno dominio de la Diócesis de Pamplona, "adquirida por inmatriculación 206".

l Cédula parcelaria. Es la parcela 974 del polígono 1 del catastro.

l Inscripción. Figura en el registro con fecha 5 de diciembre de 2003.

l Valoración. En el registro de riqueza territorial del catastro de Navarra no se especifica la valoración de las unidades urbanas 1, 2 (bajos), 3 (entresuelo), y 4 (bajo) de la iglesia de San Saturnino.

1. CATEDRAL DE SANTA MARÍA. El templo, del año 1200, está situado en la calle Dormitalería 1.

l Características. Está formada por el templo catedralicio propiamente dicho, junto con sus sacristías. Consta de portada neoclásica e interior gótico, con planta de cruz latina, de tres naves, más otras dos de capillas, siendo la central la más alta, y girola en la cabecera. Incluye escaleras en la puerta de San José, Capilla Barbazana con escaleras de caracol, antiguas torres románicas y barracón almacén, y antigua cillería.

l Superficie terreno. 4.845,60 m2.

l Titular. Según consta en el registro de la propiedad de Pamplona número 2, la finca 34452 figura a nombre de la Diócesis de Pamplona, 100% de pleno dominio, "adquirida por inmatriculación 206".

l Cédula parcelaria. Es parte de la finca situada en el Polígono 1, parcela 176.

l Inscripción. Figura el 23 de enero de 2007.

l Valoración. Según el método de valoración recogido en el Decreto Foral 136/2005, de 21 de noviembre

14.063.712,80 euros.

4. IGLESIA DE SAN NICOLÁS.

Templo parroquial bajo la advocación de San Nicolás, sito en la plaza de San Nicolás s/n. Es del siglo XII.

l Superficie del terreno. 1.295 m2.

l Titular. Según el registro nº 2, la finca 32461 es 100% del pleno dominio de la Diócesis de Pamplona, "adquirida por inmatriculación 206".

l Cédula parcelaria. Es la parcela 726 del polígono 1 del catastro.

l Inscripción. Figura en el registro con fecha 5 de diciembre de 2003.

l Valoración. En el registro de riqueza territorial del catastro de Navarra no se especifica la valoración de las unidades urbanas 1, 2, 3 y 4, situadas en la planta baja y destinadas a porche (1), religioso (2 y 3), y oficinas (4); las unidades 5 y 6, del primer piso, destinadas a uso religioso y de vivienda, respectivamente; y las unidades 7 y 8, en la segunda planta, almacén y vivienda, respectivamente.

5. IGLESIA DE SAN AGUSTÍN. Templo parroquial, bajo la advocación de San Agustín, sito en la calle San Agustín, número 1. Siglo XVI.

l Superficie del terreno. 744 m2.

l Titular. Según el registro nº 2, la finca 32463 es 100% del pleno dominio de la Diócesis de Pamplona, "adquirida por inmatriculación 206".

l Cédula parcelaria. Es la parcela 319 del polígono 1 del catastro.

l Inscripción. Figura en el registro con fecha 5 de diciembre de 2003.

l Valoración. En el registro de riqueza territorial del catastro de Navarra no se especifica la valoración de las unidades urbanas 1, en el sótano, destinada a sala de calderas; la 2, 3, 4, 5, 6 y 7, situadas en la planta baja y destinadas a uso religioso (2, 3, 4 y 7) y residencia (5, 6). Tampoco las unidades 8 y 10, en primera planta, dedicadas a uso de vivienda y religioso, respectivamente, ni la 9, destinada a pavimento.

DESTACADOS
otros bienes
A nombre de la Iglesia. En los registros de Pamplona, figuran inscritos desde 1998, al menos hasta medio centenar de bienes a nombre de la Iglesia, la Archidiócesis de Pamplona, el Arzobispado, las obras misionales potificias, diferentes parroquias, etc, aunque en muchos otros casos han sido adquiridas por legado, donación o compraventa. Así, figura como propietaria de parte del edificio de la calle Tudela, 13, de un local comercial en la calle Monasterio de Urdax 14; de un terreno en la avda. de San Ignacio (junto a la Iglesia); y de varios pisos y un local comercial en la calle Mayor 52. Tiene inscrito a su nombre "por obra nueva" el centro parroquial de San Saturnino, en la calle Ansoleaga 19-21-23; por herencia un local comercial y vivienda en la calle marqués de Rozalejo 6 (al 50% con la Misericordia); así como locales comerciales en la Avda Barañáin 12 (parroquia del Huerto), y la calle Fernández Arenas. También recibió por donación, pisos en la calle Irunlarrea y por legado en Benjamín de Tudela, entre otros.
el año
1946   La Ley Hipotecaria. El artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946, que da a la Iglesia el privilegio de inscribir mediante la propia certificación de Diocesano, permite el acceso de bienes al Registro. Según denuncian los portavoces de la Plataforma en Defensa del Patrimonio Navarro, "el artículo está bajo sospecha de anticonstitucionalidad tras algunas sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo basadas en que la Ley Hipotecaria fue aprobada en el año 1946, en pleno estado confesional franquista".
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