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La UE da el primer paso para avalar fiscalidades propias como la navarra
la abogada del tribunal de la UE dice que la CAV puede tener impuestos más bajos
Su dictamen, que no es vinculante pero sí referencial, se basa en la total autonomía del Gobierno Vasco
juan ángel monreal
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Sede del Gobierno de Navarra.Foto: archivo

pamplona. La Unión Europea dio ayer el primer paso para consolidar definitivamente especificidades fiscales como la navarra y la vasca. Y lo hizo por medio su Tribunal de Justicia (TUE), cuya abogada general, Juliane Kokott, dictaminó ayer que el País Vasco puede fijar una fiscalidad propia más favorable que la del resto del Estado español.

El pronunciamiento de la abogada general, que no vincula al TUE pero que suele ser seguido por sus jueces en una gran mayoría de los casos, se basa en que la Comunidad Autónoma Vasca dispone de suficiente autonomía en el ejercicio de sus competencias legislativas en materia tributaria. Este dictamen responde a la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que pedía al europeo que aclarara si la fiscalidad vasca (en concreto un Impuesto de Sociedades del 32,5% frente al 35% nacional) puede ser diferente a la vigente en el resto de España. Se basaba para ello en el precedente establecido por la sentencia sobre la fiscalidad de las islas Azores, que abría esa posibilidad y determinaba en qué condiciones pueden los entes distintos a los Estados fijar su propia fiscalidad. Un pronunciamiento favorable por parte del TUE en el caso de la fiscalidad vasca supondría el aval definitivo para el régimen foral de Navarra, que comparte con el vasco la capacidad para fijar y gestionar buena parte de sus tributos.

El propio ministro de Economía, Pedro Solbes, consideró ayer que el dictámen supone "un espaldarazo importante para lo que significa" el Concierto Económico y "un reconocimiento de la realidad histórica" del País Vasco. En el mismo sentido se pronunciaron todos los partidos políticos vascos, coincidentes esta vez en sus opiniones.

los argumentos El razonamiento de la abogada general se apoya en que una fiscalidad propia no favorece a determinadas empresas "si la entidad infraestatal -en este caso la autonomía vasca- dispone de suficiente autonomía en el ejercicio de sus competencias legislativas en materia tributaria". Esta autonomía requiere cuatro condiciones y, según la interpretación de la abogada general, la Comunidad Autónoma Vasca cumple las cuatro. La primera sería que la entidad infraestatal tenga autonomía institucional. A este respecto, Kokott señala que ni el tribunal remitente ni quienes han presentado observaciones ante el Tribunal de Justicia -entre otros las comunidades autónomas de La Rioja y Castilla León- tienen duda alguna sobre la autonomía institucional del País Vasco y sus instituciones.

El segundo requisito es que el Estado central no intervenga en la adopción de las normas tributarias territoriales. En cuanto a esta cuestión, la abogada general entiende que de las disposiciones de la Constitución, del Estatuto de Autonomía y del Concierto Económico no se desprende que el Gobierno central tenga la facultad de decidir en última instancia. En tercer lugar, la entidad infraestatal debe disponer de un amplio margen para configurar las disposiciones tributarias que le permita perseguir fines de política económica propios. La abogada general señala que corresponde al TSJPV determinar si se cumple este requisito, pero rechaza que las tres haciendas carezcan de autonomía propia.

Finalmente, la entidad infraestatal debe asumir las consecuencias económicas de la merma de recaudación que pueda derivarse de las normas más favorables. Kokott econoce que es difícil determinar este asunto, pero señala que la cuantía del cupo que paga todos los años la CAV parece responder más a cuestiones políticas que aun descenso en la recaudación.

Miranda lo considera un "paso adelante"
Pese a que la fiscalidad navarra no está siendo juzgada de modo explícito en Europa, el Ejecutivo presidido por Miguel Sanz se encontraba pendiente de un dictamen que, en el fondo, valoraba la capacidad de fijar impuestos. Por ello, la postura de la abogada general fue recibida con satisfacción por Álvaro Miranda, vicepresidente del Gobierno y consejero de Economía, que no dudó en considerarlo "un paso adelante". "Supone -dijo- el reconocimiento del régimen fiscal vasco y, de hecho, un reconocimiento del navarro, con más razón alguna por la capacidad normativa que tenemos". Miranda valoró el pronunciamiento con prudencia, porque todavía tiene que pronunciarse Luxemburgo e incluso el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco: "A la cuestión le queda cierto recorrido", dijo. Por su parte, Nafarroa Bai acogió el asunto con satisfacción, pero con prudencia. "Eso sí, esperamos que siguiendo la práctica habitual del Tribunal, la sentencia atienda al criterio de la Abogada General como ocurre en más del 80% de los casos", señaló Maiorga Ramírez portavoz de la coalición. >j.a.m.
DESTACADOS
las claves
Autonomía institucional. La abogada de la UE considera probado que la CAV la posee.
Intervención del Estado. La abogada entiende que el Gobierno central no posee capacidad de intervenir en última instancia en la redacción de las normas tributarias.
Amplio margen. Considera que el control jurisdiccional existente no supone una limitación de adicional a la autonomía.
Asumir las consecuencias. Era uno de los puntos centrales de las observaciones, al entender algunos que, por medio del cupo, el Estado compensaba la merma recaudatoria derivada de una fiscalidad favorable. Kokott dice que, si el TSJPV concluye que las modificaciones de la cuantía de los ingresos tributarios de los Territorios Históricos no han influido en el importe del cupo y no se aplican mecanismos compensatorios, habría que afirmar que los Territorios Históricos disponen de autonomía.
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