pamplona. La Unión Europea dio ayer el primer paso para consolidar definitivamente especificidades fiscales como la navarra y la vasca. Y lo hizo por medio su Tribunal de Justicia (TUE), cuya abogada general, Juliane Kokott, dictaminó ayer que el País Vasco puede fijar una fiscalidad propia más favorable que la del resto del Estado español.
El pronunciamiento de la abogada general, que no vincula al TUE pero que suele ser seguido por sus jueces en una gran mayoría de los casos, se basa en que la Comunidad Autónoma Vasca dispone de suficiente autonomía en el ejercicio de sus competencias legislativas en materia tributaria. Este dictamen responde a la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que pedía al europeo que aclarara si la fiscalidad vasca (en concreto un Impuesto de Sociedades del 32,5% frente al 35% nacional) puede ser diferente a la vigente en el resto de España. Se basaba para ello en el precedente establecido por la sentencia sobre la fiscalidad de las islas Azores, que abría esa posibilidad y determinaba en qué condiciones pueden los entes distintos a los Estados fijar su propia fiscalidad. Un pronunciamiento favorable por parte del TUE en el caso de la fiscalidad vasca supondría el aval definitivo para el régimen foral de Navarra, que comparte con el vasco la capacidad para fijar y gestionar buena parte de sus tributos.
El propio ministro de Economía, Pedro Solbes, consideró ayer que el dictámen supone "un espaldarazo importante para lo que significa" el Concierto Económico y "un reconocimiento de la realidad histórica" del País Vasco. En el mismo sentido se pronunciaron todos los partidos políticos vascos, coincidentes esta vez en sus opiniones.
los argumentos El razonamiento de la abogada general se apoya en que una fiscalidad propia no favorece a determinadas empresas "si la entidad infraestatal -en este caso la autonomía vasca- dispone de suficiente autonomía en el ejercicio de sus competencias legislativas en materia tributaria". Esta autonomía requiere cuatro condiciones y, según la interpretación de la abogada general, la Comunidad Autónoma Vasca cumple las cuatro. La primera sería que la entidad infraestatal tenga autonomía institucional. A este respecto, Kokott señala que ni el tribunal remitente ni quienes han presentado observaciones ante el Tribunal de Justicia -entre otros las comunidades autónomas de La Rioja y Castilla León- tienen duda alguna sobre la autonomía institucional del País Vasco y sus instituciones.
El segundo requisito es que el Estado central no intervenga en la adopción de las normas tributarias territoriales. En cuanto a esta cuestión, la abogada general entiende que de las disposiciones de la Constitución, del Estatuto de Autonomía y del Concierto Económico no se desprende que el Gobierno central tenga la facultad de decidir en última instancia. En tercer lugar, la entidad infraestatal debe disponer de un amplio margen para configurar las disposiciones tributarias que le permita perseguir fines de política económica propios. La abogada general señala que corresponde al TSJPV determinar si se cumple este requisito, pero rechaza que las tres haciendas carezcan de autonomía propia.
Finalmente, la entidad infraestatal debe asumir las consecuencias económicas de la merma de recaudación que pueda derivarse de las normas más favorables. Kokott econoce que es difícil determinar este asunto, pero señala que la cuantía del cupo que paga todos los años la CAV parece responder más a cuestiones políticas que aun descenso en la recaudación.