pamplona. La Confederación Hidrográfica del Ebro no ha recibido la solicitud por parte del Ayuntamiento de Pamplona para la autorización de las obras de acondicionamiento del parque de la Runa, junto al río Arga, como recinto ferial, a pesar de que éstas ya comenzaron el pasado 31 de marzo. La falta de esta solicitud ha sido confirmada por fuentes de la Confederación del Ebro, quienes añadieron que la CHE ha iniciado ya la tramitación de un expediente informativo al Ayuntamiento, debido, además, a que, por un lado, ha recibido una denuncia de un particular contra esta actuación en el parque fluvial del Arga, y, por otro, a que ya tiene los informes de la guardería fluvial sobre la intervención.
Según se establece en el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, las riberas de un río son las fajas laterales de los cauces públicos situadas por encima del nivel de aguas bajas, mientras que las márgenes son los terrenos que lindan con los cauces. Las márgenes de un río están sujetas, según figura en el artículo 6 del Reglamento, en toda su extensión "a una zona de servidumbre de cinco metros de anchura para uso público", y, además, " a una zona de policía de 100 metros de anchura, en la que se condicionará el uso del suelo y las actividades que se desarrollen". En el caso de la actuación en el parque de la Runa, una parte del terreno afectado (la más cercana al puente de Curtidores) entraría dentro de esta zona de servidumbre, mientras que, otra parte de la actuación, se incluiría además dentro de esa zona de policía que pertenece al Estado.
EXIGENCIA DE PERMISO En el artículo 9 de este reglamento se añade además que cualquier actuación en esa zona de policía de 100 metros, como "alteraciones sustanciales del relieve natural del terreno, las extracciones de áridos, las construcciones de todo tipo, tengan carácter definitivo o provisional, o cualquier otro uso o actividad que suponga un obstáculo para la corriente en régimen de avenidas" precisará "autorización administrativa previa del Organismo de Cuenca (en este caso la Confederación del Ebro)" e incluso someterse a los trámites ordinarios de otros expedientes como su publicación en el BON y el correspondiente plazo de exposición pública para formularase alegaciones.
De momento, la Confederación Hidrográfica del Ebro ha recibido ya los informes del Servicio de Guaradería Fluvial, y ha iniciado un expediente informativo. ¿Qué puede ocurrir ahora? Según técnicos de la CHE consultados por este periódico, a partir de ahora, podría incoarse un expediente sancionador contra el Ayuntamiento por no pedir la solicitud, y la sanción por carecer de permiso, según figura en la Ley de Aguas, en sus artículos 108 y 109, "iría entre un céntimo y 6.000 euros", según la gravedad. Si entretanto el Consistorio pide la autorización, y la CHE resuelve favorablemente, la sanción sería menor, aunque, en caso contrario, si la Confederación observa que la intervención es grave, "por realizarse talas de arbolado, movimientos de tierras y ocupación de dominio público, podría incluso obligarle a reponer el terreno a la situación original". La Plataforma Vecinal Sí al Paseo Fluvial, constituida en contra de esta actuación, ya viene denunciando que se trata de una intervención, a su juicio, contraria a la normativa, y han anunciado que, por su parte, interpondrán "una denuncia", indicaron a este periódico los portavoces Mikel Razkin y Carlos Urrutia. La plataforma ha comenzado a recabar apoyos y se ha reunido con el Defensor para apoyar sus tesis.